{
  "esquema": "https://reclamacionibi.vertizel.com/esquema/procedencia.schema.json",
  "guia": {
    "slug": "rectificacion-error-catastro",
    "url": "https://reclamacionibi.vertizel.com/guias/rectificacion-error-catastro/",
    "titulo": "Rectificación de errores en Catastro: cómo distinguir un error material",
    "actualizada": "2026-08-09"
  },
  "url": "https://reclamacionibi.vertizel.com/guias/rectificacion-error-catastro/procedencia.json",
  "actualizado": "2026-08-09",
  "protocolo": {
    "verificadoresPorAfirmacion": 2,
    "reglas": [
      "Toda afirmación publicada viaja con la cita literal del fragmento que la sostiene.",
      "Sin cita literal contra fuente primaria, la afirmación no se publica.",
      "Lo refutado o no encontrado sale del texto de la guía y queda en descartes.",
      "Ningún plazo se compone sumando reglas ni contando desde una fecha."
    ]
  },
  "resumen": {
    "afirmaciones": 2,
    "descartes": 0
  },
  "afirmaciones": [
    {
      "id": "rectifica-quien-dicto",
      "texto": "La rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos la resuelve el mismo órgano que dictó el acto, de oficio o a instancia del interesado.",
      "norma": "Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 220.1",
      "fuente": "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a220",
      "cita": "El órgano u organismo que hubiera dictado el acto o la resolución de la reclamación rectificará en cualquier momento, de oficio o a instancia del interesado, los errores materiales, de hecho o aritméticos, siempre que no hubiera transcurrido el plazo de prescripción.",
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-09",
      "guias": [
        "rectificacion-error-catastro"
      ]
    },
    {
      "id": "rectificacion-seis-meses",
      "texto": "La resolución expresa debe notificarse en seis meses; pasado el plazo, el procedimiento iniciado de oficio caduca y la solicitud del interesado se entiende desestimada por silencio.",
      "norma": "Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 220.2",
      "fuente": "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a220",
      "cita": "El transcurso del plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera notificado resolución expresa producirá los siguientes efectos: a) La caducidad del procedimiento iniciado de oficio, sin que ello impida que pueda iniciarse de nuevo otro procedimiento con posterioridad. b) La desestimación por silencio administrativo de la solicitud, si el procedimiento se hubiera iniciado a instancia del interesado.",
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-09",
      "guias": [
        "rectificacion-error-catastro"
      ]
    }
  ],
  "descartes": []
}
