{
  "esquema": "https://reclamacionibi.vertizel.com/esquema/procedencia.schema.json",
  "guia": {
    "slug": "reclamacion-economico-administrativa-catastro",
    "url": "https://reclamacionibi.vertizel.com/guias/reclamacion-economico-administrativa-catastro/",
    "titulo": "Reclamación económico-administrativa y Catastro: mapa previo",
    "actualizada": "2026-08-10"
  },
  "url": "https://reclamacionibi.vertizel.com/guias/reclamacion-economico-administrativa-catastro/procedencia.json",
  "actualizado": "2026-08-10",
  "protocolo": {
    "verificadoresPorAfirmacion": 2,
    "reglas": [
      "Toda afirmación publicada viaja con la cita literal del fragmento que la sostiene.",
      "Sin cita literal contra fuente primaria, la afirmación no se publica.",
      "Lo refutado o no encontrado sale del texto de la guía y queda en descartes.",
      "Ningún plazo se compone sumando reglas ni contando desde una fecha."
    ]
  },
  "resumen": {
    "afirmaciones": 11,
    "descartes": 1
  },
  "afirmaciones": [
    {
      "id": "rea-no-suspende-ejecutoriedad",
      "texto": "Reclamar en vía económico-administrativa contra un acto catastral no suspende su ejecutoriedad salvo que el tribunal lo acuerde de forma excepcional.",
      "norma": "Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (Real Decreto Legislativo 1/2004), artículo 12.4",
      "fuente": "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-4163#a12",
      "cita": "sin que la interposición de la reclamación económico-administrativa suspenda su ejecutoriedad, salvo que excepcionalmente sea acordada la suspensión por el tribunal económico-administrativo competente",
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-09",
      "guias": [
        "como-corregir-datos-catastro",
        "notificacion-catastro-como-leerla",
        "reclamacion-economico-administrativa-catastro"
      ]
    },
    {
      "id": "reposicion-bloquea-la-reclamacion",
      "texto": "Interpuesta la reposición, no cabe promover la reclamación económico-administrativa hasta que aquel recurso se resuelva expresamente o pueda considerarse desestimado por silencio.",
      "norma": "Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 222.2",
      "fuente": "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a222",
      "cita": "Si el interesado interpusiera el recurso de reposición no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo.",
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-09",
      "guias": [
        "reclamacion-economico-administrativa-catastro"
      ]
    },
    {
      "id": "puesta-de-manifiesto-un-mes",
      "texto": "En el procedimiento general, quien compareció y no alegó al interponer, o alegó pidiendo expresamente el trámite, dispone de un plazo común de un mes para alegar y aportar pruebas.",
      "norma": "Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 236.1",
      "fuente": "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a236",
      "cita": "por plazo común de un mes en el que deberán presentar escrito de alegaciones con aportación de las pruebas oportunas",
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-09",
      "guias": [
        "reclamacion-economico-administrativa-catastro"
      ]
    },
    {
      "id": "rea-plazo-un-mes",
      "texto": "La reclamación económico-administrativa en única o primera instancia se interpone en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado.",
      "norma": "Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 235.1",
      "fuente": "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a235",
      "cita": "La reclamación económico-administrativa en única o primera instancia se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado",
      "guias": [
        "reclamacion-economico-administrativa-catastro"
      ],
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-10"
    },
    {
      "id": "rea-escrito-al-organo-que-dicto",
      "texto": "El escrito de interposición no se presenta ante el tribunal: se dirige al órgano que dictó el acto reclamable, que lo remite al tribunal competente en el plazo de un mes junto con el expediente.",
      "norma": "Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 235.3",
      "fuente": "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a235",
      "cita": "El escrito de interposición se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable, que lo remitirá al tribunal competente en el plazo de un mes junto con el expediente, en su caso electrónico, correspondiente al acto, al que se podrá incorporar un informe si se considera conveniente.",
      "guias": [
        "reclamacion-economico-administrativa-catastro"
      ],
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-10"
    },
    {
      "id": "rea-escrito-contenido-minimo",
      "texto": "El escrito puede limitarse a pedir que se tenga por interpuesta, con cuatro datos: reclamante, acto o actuación que se reclama, domicilio para notificaciones y tribunal ante el que se interpone.",
      "norma": "Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 235.2",
      "fuente": "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a235",
      "cita": "El procedimiento deberá iniciarse mediante escrito que podrá limitarse a solicitar que se tenga por interpuesta, identificando al reclamante, el acto o actuación contra el que se reclama, el domicilio para notificaciones y el tribunal ante el que se interpone.",
      "guias": [
        "reclamacion-economico-administrativa-catastro"
      ],
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-10"
    },
    {
      "id": "rea-sede-electronica-obligatoria",
      "texto": "Quien está obligado a recibir las notificaciones por medios electrónicos —el caso de una sociedad— tiene que interponer la reclamación obligatoriamente por la sede electrónica del órgano que dictó el acto.",
      "norma": "Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 235.5",
      "fuente": "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a235",
      "cita": "La interposición de la reclamación se realizará obligatoriamente a través de la sede electrónica del órgano que haya dictado el acto reclamable cuando los reclamantes estén obligados a recibir por medios electrónicos las comunicaciones y notificaciones.",
      "guias": [
        "reclamacion-economico-administrativa-catastro"
      ],
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-10"
    },
    {
      "id": "rea-competencia-territorial-por-sede-del-organo",
      "texto": "Qué tribunal económico-administrativo regional conoce del asunto no depende de dónde esté el inmueble ni el titular: se determina conforme a la sede del órgano que dictó el acto.",
      "norma": "Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 229.7",
      "fuente": "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a229",
      "cita": "su competencia territorial para conocer de las reclamaciones económico-administrativas se determinará conforme a la sede del órgano que hubiera dictado el acto objeto de la reclamación",
      "guias": [
        "reclamacion-economico-administrativa-catastro"
      ],
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-10"
    },
    {
      "id": "rea-cuantia-la-fija-el-reglamento",
      "texto": "Que el tribunal regional conozca en única o en primera instancia depende de la cuantía, y la ley no da la cifra: la remite al importe que se determine reglamentariamente.",
      "norma": "Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 229.2.b)",
      "fuente": "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a229",
      "cita": "En primera instancia, de las reclamaciones que se interpongan contra los actos administrativos dictados por los órganos mencionados en el párrafo a) de este apartado, cuando la cuantía de la reclamación sea superior al importe que se determine reglamentariamente.",
      "guias": [
        "reclamacion-economico-administrativa-catastro"
      ],
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-10"
    },
    {
      "id": "base-liquidable-valoracion-colectiva-dgc",
      "texto": "En los procedimientos de valoración colectiva, la base liquidable la determina la Dirección General del Catastro y se recurre ante los Tribunales Económico-Administrativos del Estado.",
      "norma": "Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), artículo 66.4",
      "fuente": "https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2004/03/05/2/con#a66",
      "cita": "En los procedimientos de valoración colectiva la determinación de la base liquidable será competencia de la Dirección General del Catastro y recurrible ante los Tribunales Económico-Administrativos del Estado.",
      "guias": [
        "reclamacion-economico-administrativa-catastro"
      ],
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-10"
    },
    {
      "id": "rea-catastral-umbral-tribunal-central",
      "texto": "La web del Catastro fija un umbral por valor catastral para acudir directamente al Tribunal Económico-Administrativo Central en lugar del regional.",
      "norma": "Dirección General del Catastro, procedimientos y trámites: apartado «Recursos» de las fichas de gestión catastral",
      "fuente": "https://www.catastro.hacienda.gob.es/es-ES/procedimientos_tramites.html",
      "cita": "Si el valor catastral del inmueble excede de 1.800.000 euros, dicha reclamación podrá interponerse directamente, ante el Tribunal Económico-administrativo Central.",
      "guias": [
        "reclamacion-economico-administrativa-catastro"
      ],
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-10"
    }
  ],
  "descartes": [
    {
      "id": "tribunal-y-plazo-no-son-de-esta-pagina",
      "veredicto": "refutada",
      "texto": "Qué tribunal concreto conoce del asunto y en qué plazo son datos del acto, no de esta página: los fija el pie de recursos de tu notificación, y es el primer campo que debes transcribir.",
      "motivo": "La ley sí los fija y la guía se negaba a decirlo. El artículo 229.7 determina la competencia territorial «conforme a la sede del órgano que hubiera dictado el acto objeto de la reclamación»; el 235.1 fija el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación; y el 235.3 aclara que el escrito se dirige al órgano que dictó el acto, no al tribunal. Remitir al pie de recursos ocultaba tres reglas verificables y dejaba el filtro de ejecutabilidad en rojo.",
      "fuente": "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a235",
      "norma": "Ley 58/2003, General Tributaria, artículos 229.7, 235.1 y 235.3",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-10"
    }
  ]
}
