{
  "esquema": "https://reclamacionibi.vertizel.com/esquema/procedencia.schema.json",
  "guia": {
    "slug": "ibi-inmueble-en-construccion",
    "url": "https://reclamacionibi.vertizel.com/guias/ibi-inmueble-en-construccion/",
    "titulo": "IBI de un inmueble en construcción: fases, altas y fechas",
    "actualizada": "2026-08-09"
  },
  "url": "https://reclamacionibi.vertizel.com/guias/ibi-inmueble-en-construccion/procedencia.json",
  "actualizado": "2026-08-09",
  "protocolo": {
    "verificadoresPorAfirmacion": 2,
    "reglas": [
      "Toda afirmación publicada viaja con la cita literal del fragmento que la sostiene.",
      "Sin cita literal contra fuente primaria, la afirmación no se publica.",
      "Lo refutado o no encontrado sale del texto de la guía y queda en descartes.",
      "Ningún plazo se compone sumando reglas ni contando desde una fecha."
    ]
  },
  "resumen": {
    "afirmaciones": 2,
    "descartes": 0
  },
  "afirmaciones": [
    {
      "id": "devengo-y-periodo-impositivo-del-ibi",
      "texto": "El IBI se devenga el primer día del período impositivo y el período impositivo coincide con el año natural.",
      "norma": "Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), artículo 75.1",
      "fuente": "https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2004/03/05/2/con#a75",
      "cita": "1. El impuesto se devengará el primer día del período impositivo. 2. El período impositivo coincide con el año natural.",
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-09",
      "guias": [
        "ibi-inmueble-en-construccion"
      ]
    },
    {
      "id": "efectividad-en-el-ibi-de-los-hechos-declarables-al-catastro",
      "texto": "Los hechos, actos y negocios que deben ser objeto de declaración o comunicación ante el Catastro Inmobiliario tienen efectividad en el devengo del IBI inmediatamente posterior al momento en que produzcan efectos catastrales.",
      "norma": "Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), artículo 75.3",
      "fuente": "https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2004/03/05/2/con#a75",
      "cita": "3. Los hechos, actos y negocios que deben ser objeto de declaración o comunicación ante el Catastro Inmobiliario tendrán efectividad en el devengo de este impuesto inmediatamente posterior al momento en que produzcan efectos catastrales. La efectividad de las inscripciones catastrales resultantes de los procedimientos de valoración colectiva y de determinación del valor catastral de los bienes inmuebles de características especiales coincidirá con la prevista en las normas reguladoras del Catastro Inmobiliario.",
      "veredicto": "confirmada",
      "verificadores": 2,
      "fecha": "2026-08-09",
      "guias": [
        "ibi-inmueble-en-construccion"
      ]
    }
  ],
  "descartes": []
}
